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27-07-2010
Ceuta - La Ciudad abre la veda para la captura y retención de ciertas aves silvestres
La Consejería de Medio Ambiente ya ha dictado la orden reguladora de la concesión de “autorizaciones excepcionales” para la captura y retención de jilgueros, verderones y pardillos, estableciendo dos periodos de captura: del 1 al 20 de agosto en verano y entre el 20 de octubre y el 20 de noviembre en invierno.

El Pueblo de Ceuta | José García

La viceconsejera de Calidad Ambiental, Celina de Miguel, ha dictado, una vez recibida la documentación de la Federación de Caza de Ceuta, la orden que regula la concesión de “autorizaciones excepcionales” para la captura y retención de aves fringílidas, estableciendo dos periodos de capturas. El primero se extiende del 1 al 20 de agosto y el segundo del 20 de octubre al 20 de noviembre.

Un apartado nuevo que se incluye en esta orden es que el número máximo de jornadas de capturas por cada beneficiario de autorización excepcional, contando ambos periodos, será de quince, repartidas en ambos periodos, siendo el máximo de jornadas de capturas por cada beneficiario en el periodo estival de diez.

La orden autoriza la captura de cuatro jilgueros, dos verderones y dos pardillos, con un máximo en el periodo canicular de tres jilgueros, un verderón y un pardillo.

En el periodo otoñal cada silvestrista podrá sumar el resto de ejemplares por pluma a los que no haya capturado en verano, hasta completar el cupo total individual. De no efectuarse captura en agosto, el cupo podrá hacerse en otoño.

Para ser titular de una autorización excepcional de captura y retención de aves, será requisito indispensable pertenecer a una sociedad de canaricultores o silvestristas legalmente constituida y adscrita a la Federación de Caza de Ceuta, así como acreditar debidamente haber participado en, al menos, un concurso en el último año.

Sólo se permite la captura de las especies autorizadas con red abatible y tanto los reclamos como los cimbeles habrán de estar anillados.

Las aves objeto de captura y retención en la temporada en curso deberán marcarse con una anilla metálica individual para su identificación y control.

Tanto los reclamos como los cimbeles habrán de estar anillados y las aves objeto de captura y retención en la temporada en curso deberán marcarse con una anilla metálica individual para su identificación y control.

Todas las aves que participen en concursos y certámenes deben estar anilladas y los beneficiarios de las referidas autorizaciones deberán portar en el transcurso de las jornadas de captura la tarjeta nominal expedida por la Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos.


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